¿Se puede despedir a un trabajador en ERTE?
Durante el último año hemos vivido situaciones que, de una forma u otra, han afectado a todos los sectores y ámbitos. Uno de ellos es el ámbito que abarca el derecho laboral. Como consecuencia han surgido muchas dudas al respecto sobre ciertos procedimientos y cuales son los respaldos que tienen cada una de las partes implicadas.
Si un negocio se ve en la necesidad de aplicar un ERTE y necesita asesoramiento empresarial, lo ideal es siempre que contactar con un profesional. De esta manera, obtendrá la información más individualizada para el caso y podrá atender cualquier consulta con mayor precisión.
Para ofrecer una orientación general, os dejamos este post, en el que esperamos poder resolver muchas de vuestras dudas.
Diferencias entre ERTE y ERE
La principal diferencia que encontramos entre ambos expedientes reguladores es que, en el ERE, se despide a los trabajadores afectados de manera directa y efectiva. Por su parte, el ERTE, supondría la suspensión temporal del empleo. Éste puede ser aplicado a toda la plantilla, a parte de ella, o bien, a una reducción de jornada en lugar de la suspensión completa.
Por lo tanto, el ERTE es válido durante un período de tiempo determinado. Pasado este tiempo, la empresa deberá volver a contratar a sus trabajadores. Esto no ocurre con los ERES, ya que son permanentes. La empresa que necesita realizar la aplicación de un ERTE, será tras la salida de este, cuando podrá aplicar un ERE.
También podemos encontrar diferencias en el procedimiento de los mismos. Los ERES tienen un procedimiento más riguroso y complejo, debido a la documentación que se debe aportar para justificar el mismo:
- Informes técnicos
- Consultas con los representantes
- Documentaciones adicionales
En este caso, los ERTES suponen un procedimiento más sencillo y rápido.
Motivos de despido estando en ERTE
En un primer momento, el Real Decreto-Ley 463/2020, de 14 de marzo, estableció como las empresas deben mantener a sus empleados durante los seis meses posteriores a la reincorporación. Pero esto se flexibilizó con la aparición del Real Decreto-Ley 18/2020, de 12 de mayo.
Los principales motivos que se encuentran para el despido en ERTE suelen ser económicos y disciplinarios.
En el caso de alegar motivos económicos, debido a que una empresa está en riesgo de concurso de acreedores, sea por la causa que sea (económica, organizativa o de producción), puede despedir a sus empleados. En este supuesto, el trabajador de la empresa, tendría derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
En el caso de que los motivos sean disciplinarios, el trabajador no tendrá derecho a indemnización. Algunos de los supuestos que señala el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores para el despido disciplinario serían:
- Las faltas de asistencia
- La impuntualidad al trabajo de forma repetida e injustificada
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo
- Las ofensas físicas o verbales al empresario o a otras personas de la empresa
Los trabajadores que no han sido objeto de ERTE pueden ser despedidos, ya que no se han visto afectados por estas medidas económicas.