¿Resides en el extranjero? Así deberás gestionar tu herencia con el nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones
Si resides en algún país miembro de la Unión Europea, y dispones allí de algún bien o inmueble, te interesará conocer los entresijos del Reglamento Europeo 650/2015, de 4 de julio de 2012, vigente en todos los países de la UE desde el pasado 17 de agosto de 2015, a excepción de Dinamarca, Reino Unido e Irlanda.
Y es que, con la introducción de este nuevo Reglamento Europeo regulador de aspectos relevantes del derecho de sucesiones, la ley aplicable a las sucesiones por causa de muerte ya no es la ley de la nacionalidad del causante, sino la ley de residencia. La ley es estricta en este sentido y establece que se aplicará la ley de sucesiones de un país cuando se revele que se tiene establecida allí residencia habitual, en un vínculo estrecho y estable con la nación europea en la que se resida. Por lo tanto, si eres español pero no resides en España, la ley que regiría tu sucesión no sería la legislación española, sino la ley de tu país de residencia.
El Reglamento Europeo 650/2015, de 4 de julio de 2015 es, además de regulador de la competencia, ley aplicable y reconocimiento de las resoluciones, aceptador y ejecutor de los documentos públicos en esta materia de derecho de sucesiones, por lo que establece la necesidad de que exista, en todos los estados miembros de la UE, excepto los anteriormente citados, un certificado sucesorio europeo común.
Expuesto esto, ¿cómo gestiono mi herencia si resido en el extranjero?
Con este cambio normativo, el testamento cobra una gran relevancia, más aun teniendo en cuenta las relaciones transfronterizas que existen en la actualidad. Y es que, con la realización del testamento, el testador puede establecer de manera expresa en su documento por qué ley quiere que se rija su sucesión, reemplazando así al criterio que dicta la ley de residencia o nacionalidad.
Es por esto, de vital importancia la redacción del testamento si dispones de bienes inmuebles en otro país, así como que quede reseñado de forma clara y concisa qué ley de derecho de sucesiones debe aplicarse a tu caso. De no existir disposición testamentaria alguna, o no hacerse en ella mención alguna a este aspecto, se aplicará lo dispuesto en la normativa europea, atendiendo a la ley del país de residencia, en todos los siguientes aspectos: institución de herederos y nombramiento de legatarios, así como sus obligaciones y derechos; la desheredación o incapacidad para suceder por causa de indignidad; o la transmisión de bienes, derechos y obligaciones, entre otros.
En Barahona del Val Abogados somos abogados especialistas en herencias, tratando con diligencia y profesionalidad todo lo relacionado con casuísticas de derecho de sucesiones. Si en tu caso, crees poder verte afectado por la entrada en vigor en la UE de este nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones, podemos asesorarte en la realización de tu testamento y gestión de tu herencia. Ponte en contacto con nosotros. Somos tu bufete de abogados de confianza.