Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
El día 31 del pasado mes de octubre, dejaron de tener efecto algunas de las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 8/2021.
Todavía nos encontramos en un proceso de recuperación en el que se avanza lentamente, y son muchas las situaciones sociales adversas en las que se encuentra la población. En muchas ocasiones, el acceso a un trabajo o a la vivienda, todavía sigue siendo una barrera infranqueable.
Como consecuencia de esto, se ha decidido prorrogar la vigencia de algunas medidas hasta el día 28 de febrero del próximo año.
¿Qué medidas se prorrogan?
Las medidas que siguen adelante están relacionadas con la vulnerabilidad económica y social, la vivienda y la violencia de género, entre otras.
Medidas relacionadas con situaciones de vulnerabilidad económica y social
Se ha determinado prorrogar algunas de las medidas adoptadas para atender situaciones de vulnerabilidad, garantizando determinados suministros y el derecho a percibir el bono social de consumidores y ciertos colectivos vulnerables.
Otras medidas prorrogadas hasta el 28 de febrero del 2022, son algunas de las establecidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Medidas relacionadas con situaciones de vulnerabilidad en materia de vivienda
Se amplía también, hasta la fecha mencionada, la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos, en los supuestos y conforme a los trámites establecidos.
También se amplía la posibilidad, para los arrendadores o propietarios, de solicitar la compensación hasta el 31 de marzo del 2022, según lo establecido en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
Medidas relacionadas con la protección contra la violencia de género
Se sigue considerando esencial la asistencia y protección a las personas que sufren violencia de género, con la finalidad de que las Administraciones continúen adoptando todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir su cometido. Estas medidas engloban tanto servicios de acogida, como apoyo personal o información y asesoramiento jurídico 24 horas.
Otras medidas
Además de haber prorrogado determinadas medidas, también se han realizado modificaciones. Como son:
- Modificación de la disposición adicional sexta del RD-ley 18/2021, de 28 de septiembre, sobre medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma.
- El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el RDL 8/2015, de 30 de octubre.
- El RD 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.