El Mecanismo RED y la nueva prestación de Sostenibilidad del Empleo
Una de las novedades que introduce la reforma laboral del presente año, es el Mecanismo RED y la nueva prestación de Sostenibilidad del Empleo. Ambas están relacionadas con el desempleo.
Ante las últimas modificaciones, han surgido muchas dudas. Por ello, hoy vemos en qué consisten, qué suponen y cómo se accede a ellas.
Mecanismo RED
El Mecanismo RED se define como un “instrumento de flexibilidad y estabilización del empleo que, una vez activado por el Consejo de Ministros, permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo”.
Por lo tanto, se podrían considerar una continuidad de los ERTE. Ya se ha incluido en el artículo 47 bis. del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Para poder activarlo, será necesaria la propuesta conjunta de los ministerios de Trabajo y Economía Social, de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Igualmente, las organizaciones sindicales y empresariales podrán solicitar que se reúnan para ponerlo en marcha. Su activación correspondería al Consejo de Ministros.
Modalidades
Se puede activar cuando se produce alguna de estas circunstancias:
- Cíclica: si se da una coyuntura macroeconómica general difícil, como podría ser una recesión, y se necesitan medidas adicionales que permitan alcanzar una estabilización. En este caso, la duración máxima será de un año.
- Sectorial: cuando uno o varios sectores concretos de actividad, se ven afectados por cambios permanentes, los cuales supongan una recualificación de los trabajadores. El mecanismo se enfocará más a la formación y su duración será la misma que la cíclica, pero será posible prorrogarlo dos semestres más, hasta alcanzar los dos años.
Cuando los ministerios activen el Mecanismo por estas razones, los empresarios podrán solicitarlo. En este caso, las autoridades laborales tendrán 7 días para dar respuesta. Si se produce ausencia de la misma, se entenderá autorizada.
Cuando se da un Mecanismo sectorial, los empresarios tendrán exoneraciones en las cotizaciones. Eso sí, siempre que cumplan con la obligación de desarrollar acciones formativas para su personal.
Prestación de Sostenibilidad del Empleo
Esta prestación se ha creado para aquellos que se ven afectados por la activación del Mecanismo RED, ya que, temporalmente, estarán en paro.
Esta prestación no es compatible con otras prestaciones por desempleo, con el cese de actividad de autónomos, ni con la renta activa de inserción. Sí que se podría compatibilizar con un trabajo a jornada parcial.
Requisitos
Podrán acceder a ella las personas que hayan pasado a estar desempleadas o a una reducción de su jornada, debido a la activación del Mecanismo RED. A su vez, no será necesario una cotización mínima y tampoco supone el consumo de cotizaciones anteriores.
Esta prestación debe ser presentada al SEPE por parte de la empresa, al igual que se hizo con los ERTE.
Base reguladora
Su base reguladora sería la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días en la empresa, sin contar las horas extra. Una vez calculada, se debe aplicar un 70% y obtendremos la cuantía de la prestación.
Esta prestación de Sostenibilidad del Empleo se encarga de pagarla el SEPE. Igualmente, se ha creado un fondo específico para sufragar los gastos que supone, que sería el Fondo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.