¿Cómo solucionar conflictos entre socios sin recurrir a los Tribunales?
Es habitual que surjan conflictos entre los miembros de una sociedad. Desde que esta se compone de varios socios, esta probabilidad existe y puede surgir a raíz de cualquiera de sus ámbitos, como puede ser la toma de decisiones o la estrategia a seguir para hacer avanzar la empresa.
Por ello, es importante contar desde el inicio con la posibilidad de este hecho y de que siempre va a ser mejor opción intentar solucionarlo entre nosotros, sin tener que recurrir a los Tribunales. Como ya sabemos, estos procesos tienden a ser más tediosos debido a su prolongación en el tiempo, trámites burocráticos y, no podemos olvidar, los altos costes que conllevan.
Aunque no encontremos normativa respecto a la solución de conflictos ni propuesta de soluciones en la Ley de Sociedades de Capital, siempre podemos encontrar posibles vías de conciliación. Lo principal es observar ante qué tipo de conflicto nos encontramos.
¿Cuál es el origen del problema?
El primer punto es determinar de dónde viene el problema. Los conflictos más frecuentes que se suelen dar entre socios son:
- Conflictos derivados de las tareas o las responsabilidades, ya se trate de recursos u otro tipo de cuestiones.
- Conflictos originados por la relación. Pueden generarse por personalidades distintas, preferencias, gustos, formas de organizarse, etc.
- Conflicto de valores. Este tipo de conflictos se generan por el choque de principios o valores que pueda tener cada uno de los socios.
Una vez determinado el origen del conflicto, nos plantearemos las distintas posibilidades de conciliación de las que disponemos. En ellas valoraremos todos los pros y los contras, buscando siempre una solución equitativa que resulte beneficiosa tanto para los socios como para la sociedad misma.
¿Cómo solucionarlo?
Lo primero que debemos hacer es, en caso de que existan unos Pactos entre Socios, remitirnos a los mismos. En caso de que no se den, acudiremos entonces a los Estatutos Sociales.
Si anteriormente se ha firmado un Pacto entre Socios, revisaremos si en él figura un determinado rol, derecho u obligación sobre alguno de los socios que se encuentra actualmente dentro del conflicto. En el caso de que así sea, deberíamos aplicar lo que se indica en dicho pacto, solucionando de esta manera el conflicto.
En el caso de que no exista pacto alguno, haremos uso de los Estatutos Sociales para hallar una posible solución.
En el caso de que los conflictos tengan una gravedad mayor y no se puedan solucionar con estas opciones, se puede recurrir al procedimiento de mediación. Esto es: que un tercero, totalmente imparcial a ellos, haga llegar a las partes un acuerdo sin tener que recurrir a los Juzgados.
Si nada de esto nos da resultado, también se dispone del procedimiento de arbitraje. Este resulta muy eficaz, ya que su resolución vincula a todas las partes de la misma manera en la que lo haría una sentencia judicial.